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Asamblea aprueba ley para reasignar recursos a municipios, gobernaciones y universidades

Copa y representantes de municipios destacaron la aprobación. Foto: FAM

El pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) sancionó este jueves la ‘Ley de Suspensión y Reasignación de Recursos del Fondo de Promoción a la Inversión en Exploración y Explotación Hidrocarburífera (FPIEEH) ante el COVID 19’, que permite reasignar recursos a favor de los municipios, gobernaciones y universidades para enfrentar y contener la expansión de la pandemia del coronavirus.

La presidenta del Senado, Eva Copa, informó que con esta ley se transfiere 200 millones de dólares, con el objetivo de que las entidades autónomas tengan recursos para enfrentar a la pandemia.

La norma suspende temporalmente el Artículo 12 de Ley N° 767, el cual les expropiaba el 12% de sus recursos proveniente del IDH con la finalidad de obtener un fondo de promoción a la exploración y explotación hidrocarburífera.

Ahora, por la pandemia, esos recursos se reasignarán a las Entidades Territoriales Autónomas y Universidades Públicas para que cuenten con dinero adicional.

La suspensión temporal del mencionado fondo será desde la promulgación de la norma hasta el 31 de diciembre de 2020, mientras que de los recursos acumulados se reasignará hasta un monto de 200 millones de dólares para los gobiernos subnacionales y universidades públicas, informó la Cámara de Senadores.

La norma específica que la distribución de los recursos será 78% para los gobiernos municipales y gobierno autónomos indígenas (156 millones), 15% para los gobiernos departamentales (30 millones) y 7% para las universidades públicas (14 millones).

Para el cálculo del monto específico correspondiente a los gobiernos municipales se aplicará el siguiente criterio: el 80% de acuerdo a los factores de distribución del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y el restante 20%  de acuerdo al Índice de Riesgo Municipal Covid–19, mientras que para las gobernaciones y universidades se utilizará el criterio de distribución del IDH.

El destino de los recursos también se encuentra establecido en la norma, el artículo cuarto indica que las alcaldías y gobernaciones deberán destinar el 50% de los recursos a la compra de pruebas rápidas, equipamiento de hospitales y otras actividades para contener la expansión de la pandemia, el 25% a la provisión de alimentos para la población y el restante 25% para el fortalecimiento de la producción local afectada por la paralización de las actividades durante la cuarentena.

Por su parte, las universidades públicas que se benefician con esos recursos tienen la obligación de equipar los hospitales universitarios, laboratorios, comprar de insumos y otras actividades directas para la prevención, contención y atención de la pandemia.

La Ley establece un plazo de 15 días calendario para que el Órgano Ejecutivo desembolse dichos recursos a las Entidades Territoriales Autónomas, además de fijar que la ALP realizará la fiscalización del destino de dichos recursos.

Álvaro Ruiz, presidente de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia, destacó la aprobación de la norma mediante el Parlamento. "No hemos encontrado apoyo en el Gobierno Transitorio y hoy se nos abre un gran apoyo a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional, la reasignación de recursos del IDH hoy vuelven por esta emergencia a los municipios para que podamos combatir el coronavirus", dijo.

"El parlamento ha escuchado la demanda del Sistema Asociativo Municipal, una Ley que va a cambiar el panorama tan triste que tenemos los municipios en cuanto a la falta de recursos", señaló Rocio Molina, Presidenta de la Asociación de Municipalidades de Bolivia (AMB).

(Con información del Senado y FAM)