LA DENUNCIA ERA CONTRA EVO
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Corte Penal Internacional descarta delitos de lesa humanidad en Bolivia por los bloqueos de 2020

El bloqueo fue en agosto de 2020. Foto: Defensoría.

El fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim A. A. Khan, informó que ha decidido descartar una investigación por los bloqueos en Bolivia de 2020, al considerar que no constituyeron delitos de lesa humanidad.

La denuncia fue realizada en septiembre de 2020 por el entonces procurador José María Cabrera, contra Evo Morales, Juan Carlos Huarachi y Leonardo Loza, por el bloqueo que exigía la realización de las elecciones generales.

Según las autoridades del gobierno transitorio, ese bloqueo había provocado la muerte de al menos 40 personas porque se impidió el paso de oxígeno medicinal, ambulancias, médicos y otros imprescindibles para atender la emergencia sanitaria.         

Sin embargo, en el examen preliminar de la Fiscalía de la CPI, se determinó que no existe fundamento suficiente para creer que se hayan cometido presuntos crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional. 

“En particular, he determinado que la presunta conducta no presenta elementos contextuales constitutivos de crímenes de lesa humanidad. En concreto, la información disponible no constituye fundamento suficiente para creer que los presuntos actos de los organizadores de los bloqueos y quienes participaron en ellos, aun cuando éstos hubiesen sido establecidos, constituirían una campaña dirigida contra la población civil de Bolivia”, dice un pronunciamiento del fiscal.

Según la Fiscalía de la CPI, aunque puede que algunos grupos de manifestantes hayan actuado de forma temeraria haciendo caso omiso de la salud y el bienestar de quienes necesitan acceder oportunamente a un tratamiento médico vital, su conducta general no obedece a una campaña deliberada contra la población boliviana.

"Cabe destacar que quienes participaron en los bloqueos en todo el país no impidieron de forma uniforme ni coherente el paso de suministros y transportes médicos vitales. Más bien, en ocasiones se permitió que ese tipo de bienes y transportes superara el bloqueo. Además, los dirigentes de los principales grupos que movilizaron y dirigieron los bloqueos instaron repetidas veces a sus bases y a los participantes en los bloqueos a que dejaran pasar a las ambulancias y convoyes que transportaban suministros médicos", dice el resumen de la decisión.

El fiscal Kahn aclaró que no consiste en emitir un juicio sobre el contexto político en el que tuvieron lugar los presuntos incidentes.

Señaló también que su decisión puede ser objeto de una revisión judicial por parte de la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte a instancias del Estado que ha presentado la remisión. 

También podría examinar la decisión sobre la base de hechos o información nuevos. 

Aclaró, asimismo, que las constataciones de la Fiscalía no implican perjuicio de la obligación de todo Estado de ofrecer a las personas afectadas las reparaciones efectivas que estén justificadas a la luz de las circunstancias.