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El Senado sanciona la Ley del Censo y la remite al Ejecutivo para su promulgación

Sesión en la Cámara de Senadores. Foto: ERBOL

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó la tarde de este martes el proyecto del “Ley de aplicación de los resultados del Censo de Población y Vivienda en los ámbitos financiero y electoral” y lo remitió a Ejecutivo para su respectiva promulgación.

La norma fue finalmente aprobada luego de cerca de cuatro horas de una intensa discusión donde hubo acusaciones de “traición” de por medio entre el Movimiento Al Socialismo (MAS), especialmente, del ala “evista” contra los “renovadores”.

Un total de 22 votos, de 36 senadores, el proyecto de ley fue aprobado en su estación en grande. Posteriormente siguió el procedimiento de aprobación en detalle con 21 legisladores, 15 de la oposición y 6 del oficialismo.

La norma fue aprobaba el fin de semana en la Cámara de Diputados, lo que permitió que se levanten las medidas de presión en Santa Cruz, además de paro que duró 36 días y ahora resta el presidente Luis Arce promulgue la norma.

Tras concluir la sesión, la senadora del MAS, María Nacif, ratificó que la norma no vulnera el Decreto Supremo 4824, aprobado por el presidente Luis Arce, que fija que el Censo se realizará el 23 de marzo de 2024.

“Los que no estaban de acuerdo con la aprobación de la ley del Censo no nos dieron una clara información técnica del porque no estaban de acuerdo, solamente hablaban políticamente”, cuestionó.

El parágrafo I, del artículo único de la ley, señala que "en base a los datos oficiales del Censo de Población y Vivienda, que emita el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el Órgano Ejecutivo efectuará la nueva distribución de recursos de coparticipación tributaria a partir del mes de septiembre de la gestión 2024".

Mientras que en parágrafo II, añade que el INE "remitirá al Tribunal Supremo Electoral los datos oficiales del Censo de Población y Vivienda, conforme a la fecha del parágrafo precedente, para que se elabore el Proyecto de Ley de distribución de escaños, conforme al Artículo 146 parágrafos V, VI y VII de la Constitución Política del Estado y la Legislación Electoral vigente, que se aplicaría en las próximas Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia".