MISIÓN DE OBSERVACIÓN
Título: 

OEA emite 91 recomendaciones para elecciones, entre ellas prohibir a candidatos inaugurar obras

El informe es de la Misión que estuvo en Bolivia. Foto de archivo.

La Misión de Observación Electoral de la OEA en Bolivia, entregó este miércoles un documento con 91 recomendaciones para los nuevos comicios generales que se celebrarán próximamente.

Entre sus sugerencias se plantea de que, por ley, se prohíba que candidatos participen en actos de entregas de obras en la campaña electoral, que se pregunte la identificación ética al momento del empadronamiento, así como el desarrollo de un sistema para que ciudadanos hagan seguimiento a los gastos de los postulantes. 

Las recomendaciones fueron elaboradas tomando en cuenta los hallazgos de la propia Misión, así como los del Informe Final de Análisis de Integridad Electoral, la cual evidenció una manipulación dolosa de los resultados electorales.

En el documento se presentan recomendaciones de diferente índole: algunas de cara a las próximas Elecciones Generales y otras que requieren de mayor tiempo para su adopción, aclaró la OEA mediante nota de prensa.

Las más urgentes y que la Misión considera factibles de implementar antes de los comicios de 2020 son las relativas a la nueva integración del órgano electoral y a la organización del proceso, así como a la implementación de tecnología.

Las recomendaciones

A) Institucionalidad Electoral
1.    Llevar a cabo los procesos de selección de las nuevas autoridades tanto del Tribunal Supremo Electoral (TSE) como de los tribunales departamentales (TED) bajo los criterios señalados por ley, estableciendo procedimientos claros y transparentes que otorguen certeza en cada una de las etapas. Será fundamental que el resultado refleje la pluralidad política y social del Estado Plurinacional de Bolivia, así como la capacidad técnica de las personas seleccionas.
2.    Garantizar el actuar del OEP conforme a los principios establecidos legalmente con especial énfasis en la publicidad y transparencia de todos sus actos, así como en su responsabilidad por éstos.
3.    Seleccionar al personal técnico con base en sus capacidades técnicas, teniendo en cuenta experiencia y áreas de especialización.
4.    Verificar que el personal nombrado no tenga antecedentes penales y que no sea delegado de algún partido político.
5.    Proporcionar orientación y criterios uniformes a los TEDs para la elaboración de los “planes estratégicos institucionales” y velar por la ejecución de los mismos.

B) Organización Electoral
Seguridad de los materiales electorales
6.    Tomar las acciones necesarias para asegurar que los materiales electorales cuenten con las medidas de seguridad suficientes en su diseño y elaboración, eliminando la posibilidad de duplicidades o falsificaciones.
7.    Contar con un sistema efectivo de trazabilidad de los materiales electorales durante todo el ciclo (pre, durante y post-electoral).
8.    Establecer protocolos rigurosos de destrucción de material electoral sensible en caso de ser defectuoso o inutilizado (sobrante). Para llevar a cabo esta actividad, el TSE deberá invitar a los delegados de partidos políticos y dejar constancia de esto en actas que puedan servir también para constatar el inventario de material existente.
9.    Solicitar a la(s) empresa(s) responsable(s) de la impresión del material electoral sensible contar con cámaras de seguridad con grabación continua durante el proceso de producción y solicitar que se informe al OEP sobre cualquier hurto de papelería.
10.    Las empresas deben brindar a las autoridades electorales un listado de las personas que trabajan en las instalaciones, controles de ingreso y salida de su personal e información sobre la cantidad exacta de actas y papeletas impresas. Se debe evitar el acceso de personal no autorizado o en horas no laborables.
11.    Se sugiere que las instalaciones de las empresas contratistas sean custodiadas por las fuerzas de seguridad nacionales durante el período en que se elaboren los materiales electorales.
12.    Priorizar las medidas de resguardo, custodia y trazabilidad de todo el material electoral sensible.
13.    Diseñar un protocolo de repliegue del material electoral no sensible (Sobre B y Sobre C).
14.    Los protocolos, y procedimientos, incluyendo el detalle de los funcionarios responsables, deben estar determinados con claridad y ser aplicados de manera uniforme a nivel nacional.
15.    Contar con procedimientos de recepción y una metodología uniforme para organizar el material electoral que se recibe en los Tribunales Electorales Departamentales (TEDs). Capacitar al personal de los TEDs para cumplir con estos protocolos de almacenamiento.
16.    Determinar de manera clara las funciones y responsabilidades de la policía y las fuerzas armadas en el resguardo del material electoral.
17.    Se debe documentar todo lo que respecta al traslado de material electoral: las personas que lo hayan recibido/entregado, la fecha, hora, lugar y las condiciones en las que se entregan.
18.    Establecer protocolos para el manejo, cómputo y resguardo de los materiales del voto en el exterior, tanto al despliegue como al repliegue y respetarlos de manera íntegra.
19.    Informar de manera oportuna a los partidos políticos respecto de las medidas de contingencia que tengan que ver con el traslado del material electoral para llevar a cabo el cómputo final en instalaciones distintas a las originalmente planeadas y notificadas. Estas notificaciones deben ser realizadas por los canales oficiales, de manera escrita en sus casilleros respectivos o de manera personal en los casos que no se disponga de casilleros, sin perjuicio de su publicación en otros medios. En esta notificación se debe constatar la motivación por la cual se realiza el cambio de lugar con su respectiva justificación legal.
Armado de maletas, custodia y traslados (cadena de custodia)
20.    Considerar realizar el armado de maletas de manera centralizada. Esta modalidad aportaría mayor control sobre los materiales y aseguraría una gestión del proceso con mayores estándares de calidad, seguridad y trazabilidad de las maletas.
21.    Definir un lineamiento específico de envío anticipado a los notarios a cargo de maletas electorales en zonas rurales o de difícil acceso, que evite que las maletas permanezcan en lugares sin el resguardo necesario.
22.    Fomentar una mayor comunicación entre las instancias de seguridad pública y los TED que permita elegir adecuadamente los espacios en los que se concentran las maletas electorales previo a su distribución y posterior repliegue.
23.    Determinar para el resguardo lugares con fácil acceso, mayores controles de seguridad y que cumplan con todas las medidas de protección civil necesarias para lograr un efectivo almacenamiento.
24.    Respetar los operativos y rutas de seguridad para el repliegue de todo el material electoral a los TED, con acompañamiento permanente de las fuerzas de seguridad.
 Sistema de Monitoreo Electoral
25.    Reforzar la capacitación de los usuarios de este sistema, así como generar alertas periódicas que soliciten al usuario la información pendiente de reportar. 
26.    Expandir su uso a todas las etapas del proceso, incorporando los datos de trazabilidad del material electoral.
Voto en el exterior
27.    Involucrar a los delegados partidarios en la Comisión de Voto en el Exterior.
28.    Seleccionar espacios para ubicar los centros de votación en los que tanto los miembros de las mesas como los materiales estén resguardados de las inclemencias del clima y que además permitan recibir a la cantidad de votantes que se acerquen a ejercer su derecho.
29.    Explorar esquemas de coordinación entre el TSE y Cancillería encaminados a mejorar y garantizar la seguridad en los recintos de votación.
30.    Que se ingrese al sistema de cómputo definitivo los originales de las actas provenientes del exterior.
Capacitación
31.    Realizar las jornadas de capacitación en etapas y con la antelación necesaria para monitorear el alcance de las mismas y reducir el nivel de ausentismo.
32.    Reforzar esfuerzos en las localidades y/o centros más críticos.
33.    Considerar la posibilidad de ofrecer incentivos y reconocimientos a los jurados que participen de las capacitaciones.
Inscripción de Candidaturas
34.    Establecer los plazos del calendario de modo tal que tanto la ciudadanía como los candidatos conozcan con mayor anticipación el listado definitivo de quienes participarán de la elección. Esto permitirá contribuir al voto informado, así como a que los contendientes puedan dar a conocer sus propuestas.
Diseño de las papeletas de votación
35.    Evaluar el rediseño de la papeleta para que incluya información completa sobre los candidatos y candidatas de todos los niveles de elección. Esto permitirá que la ciudadanía conozca a los representantes por los cuales están votando.
Participación de delegados de organizaciones políticas
36.    Emitir, con la debida anticipación, lineamientos o reglamentos específicos para facilitar la plena participación de los delegados de las organizaciones políticas en las mesas de sufragio durante la jornada electoral y en las diferentes fases del proceso de organización de los comicios.
37.    Fortalecer a través de capacitaciones efectivas el rol de los representantes políticos.
38.    Llevar un registro de la participación de los delegados de los partidos políticos en las distintas actividades durante las distintas fases del proceso.

C) Sistema de Transmisión de Resultados Preliminares Electorales (TREP) y Cómputo Oficial
39.    El control y responsabilidad de la operación del sistema debe estar bajo funcionarios del órgano electoral en todo momento.
40.    Las modificaciones a los sistemas deben quedar registrados en bitácoras e ir acompañados de las autorizaciones pertinentes, ya sea Sala Plena, Comisión especial o Director en su caso.
41.    Reglamentar que toda persona que cuente con acceso y privilegios para realizar modificaciones a los servidores y/o base de datos deba estar físicamente presente en instalaciones del OEP. Se deben evitar cualquier tipo de acceso remoto que pueda generar dudas o falta de transparencia.
42.    Contratar a dos empresas auditoras externas que vigilen a la(s) empresa(s) proveedora(s) del proceso electoral.
43.    Elaborar e poner en práctica planes de implementación de los sistemas tecnológicos que incluyan la realización de pruebas y simulacros suficientes para probar al 100% el funcionamiento del sistema en su conjunto.
44.    Definir con anticipación suficiente los “casos de uso”7 del sistema y los protocolos a seguir en cada caso.
45.    Incluir durante todo el proceso a representantes técnicos de todas las fuerzas políticas en contienda, como una garantía de transparencia.
46.    Garantizar que, a partir de la puesta en cero de los sistemas, éstos se mantengan intactos y sin modificación alguna.
47.    Fortalecer los protocolos de congelamiento y de versiones de software, para asegurar que los programas que trabajan en el TREP cuenten con las revisiones de auditorías necesarias.
48.    Prohibir cualquier modificación al código fuente de los sistemas una vez iniciada la jornada electoral.
49.    Incorporar y conservar toda la METADATA de imágenes de actas utilizadas en el sistema como medida de control respecto al origen y autenticidad de las actas que se computaron.
50.    Para el caso del alojamiento de los resultados preliminares procesados por el sistema TREP, se recomienda utilizar una solución híbrida (local en las instalaciones del TSE y en la nube) que le permita continuar con el procesamiento en caso de falla de la conexión del internet.
51.    Garantizar un ambiente estéril en los sistemas. Los ambientes de producción no deben contener datos residuales al momento del inicio del proceso electoral.
52.    Incorporar la variable “time stamp” a las actas procesadas a través del cómputo oficial.
53.    Publicar documentación que respalde cualquier cambio aritmético en las actas de escrutinio y cómputo, incluyendo aquellos que son validados al dorso de las actas (“proveídos”).
54.    Preservar toda documentación y logs que constituyan evidencia sobre las acciones realizadas durante el proceso electoral.
55.    Incorporar al TREP y al sistema del cómputo oficial técnicas de digitación anónima, que permitan garantizar que, al momento de ser procesados los datos por el personal no se pueda tener conocimiento del partido o el candidato a que se está realizando la digitación. Lo anterior con el objetivo de brindar mayor independencia y menos discrecionalidad al personal al momento de realizar la digitación.
56.    Incorporar el reconocimiento inteligente de caracteres (ICR) a la digitalización. Esto añade una interpretación automática de los resultados al proceso de digitación y disminuye así el tiempo y el esfuerzo humano en este proceso.
57.    Modificar la función “Aprobador de Actas”, cuya función de convalidar actas fue posible aun cuando existían diferencias de valores entre Golpe 1 y Golpe 2. El proceso no debería poder continuar si existieran diferencias.
58.    Reforzar las medidas de autenticación para el acceso al software del sistema de cómputo.
59.    Incluir únicamente a los electores habilitados en la aplicación para consulta de actas de mesas. Lo anterior con el objetivo de evitar generar dudas respecto al voto de personas no habilitadas para emitir sufragio.
60.    Reforzar las capacitaciones de los notarios en el uso del sistema, con el objetivo de disminuir lo más posible la toma de fotografías de las actas de baja calidad.
61.    Garantizar que las instalaciones para el procesamiento de los resultados del TREP tengan las condiciones adecuadas, previendo que el sitio pueda acomodar a todo el personal que tiene funciones relacionadas al TREP.
62.    Proteger el uso de la aplicación utilizada para el procesamiento de las actas desde las mesas, creando una vía de instalación directa en los celulares, que garantice la instalación solo por personal del OEP. Es decir, la aplicación no debería estar colocada de forma pública para ser descargada e instalada desde el repositorio de aplicaciones de la compañía celular.  

D) Financiamiento Político-electoral
Financiamiento público indirecto
63.    Permitir que los recursos del fortalecimiento político se puedan utilizar para la compra de espacios en medios de alcance local.
64.    Establecer criterios específicos para que los partidos deban reservar al menos una parte de estos fondos a los candidatos en circunscripciones uninominales.
65.    Generar políticas de control para el “fortalecimiento público” que permitan flexibilidad durante su ejercicio para rendir mayores beneficios a los partidos políticos y candidatos, de acuerdo al desarrollo de las campañas.
66.    Considerar la implementación de un esquema de financiamiento público directo que permita cubrir por ejemplo los gastos de elaboración de spots y otras actividades de campaña.
67.    Contar con financiamiento público dirigido a las mujeres pueda ser extendido a medios de alcance departamental y subnacional, no limitado –como ocurre actualmente- a la propaganda en televisión, radio y medios de prensa escrita de alcance nacional, en elecciones generales (artículo 4, II).
Regulación de la publicidad gubernamental
68.    Promover la aprobación de un marco regulatorio sobre publicidad oficial acorde a los principios y estándares de protección de los derechos humanos y libertad de expresión que evite la utilización abusiva del poder estatal y los recursos de la hacienda pública con el fin de promover la información sobre obras de gobierno.
69.    En pos de la equidad de la contienda, se sugiere limitar, vía legislación, la participación de los candidatos en la inauguración de obras públicas a lo largo de toda la campaña y especialmente durante la veda electoral.
70.    Garantizar la aplicación efectiva del artículo 119 de la ley, que establece la prohibición de toda propaganda gubernamental en los últimos 30 días antes de los comicios. 
Transparencia en el financiamiento
71.    Emitir los reglamentos con suficiente antelación para que los partidos conozcan las normas y puedan actuar apegados a ellas.
72.    El desarrollo de una plataforma informática, que facilite a los partidos la rendición de cuentas y estandarice la forma de presentación de la información financiera, con el propósito de uniformar el registro de los movimientos económicos. Esta herramienta permitiría también a la ciudadanía realizar un seguimiento en tiempo real o periódicamente (semanal, mensual) de los gastos de los candidatos.
73.    Capacitar a los representantes de los partidos políticos sobre las normas y modalidades de reporte establecidas.
Control del financiamiento
74.    Se reitera la recomendación manifestada con ocasión de la MOE 2016, en cuanto a la necesidad de fortalecer a la Unidad Técnica de Fiscalización, dotándola de mayores recursos humanos, y vigorizando sus capacidades tecnológicas, a efectos de que desarrolle un robusto ejercicio de fiscalización del patrimonio, origen y manejo de recursos económicos de las organizaciones políticas.
75.    Establecer la obligación a los partidos políticos de entregar reportes de gastos parciales antes del día de la elección para conocer en tiempo y forma el nivel de ingresos y gastos de las campañas.

E) Justicia Electoral
76.    Contar con mecanismos eficaces para garantizar el debido proceso. Cualquier acción en la materia debe estar apegada a los principios de máxima transparencia, imparcialidad, celeridad y oportunidad expeditas y oportunas;
77.    Reforzar la capacitación de los jueces electorales, quienes son designados temporalmente y no necesariamente especialistas en la materia electoral.
78.    Establecer en el procedimiento administrativo sancionador la garantía de audiencia al sujeto al que se le atribuye la falta.
79.    Analizar la conveniencia de depositar la función jurisdiccional exclusivamente en órganos especializados, esto es, que las resoluciones del TSE sean inimpugnables, incluso, ante la jurisdicción de amparo. Para ello, sería conveniente que al interior del OEP se prevea la posibilidad real de contar con al menos una instancia, de manera que no sea la misma autoridad la que resuelva el mismo asunto en lo administrativo y en lo judicial a la vez.
80.    Reflexionar sobre los alcances del principio de igualdad en la contienda y los mejores mecanismos para su potenciación, ponderándolo con el resto de los que rigen los procesos electorales.

F) Participación política de las mujeres
81.    Definir y publicar las candidaturas habilitadas con mayor antelación a la jornada electoral a fin de que se pueda hacer un mayor control sobre la integración de las listas.
82.    Establecer los mecanismos necesarios para que las listas que llegan a las mesas de votación sean paritarias.
83.    Tomar medidas tendientes para proteger y apoyar a las mujeres candidatas.
84.    Orientar medidas conducentes para garantizar que las mujeres cuenten con la información suficiente y necesaria para participar y garantizar la duración de su mandato como lo indica la legislación vigente.
85.    Garantizar el acceso efectivo a la justicia por parte de las mujeres candidatas y en ejercicio de sus funciones.

G) Pueblos indígenas y afrodescendientes
86.    Garantizar que los funcionarios del TSE encargados del empadronamiento realicen la consulta sobre la identificación étnica de los electores. Ello permitirá contar con información valiosa para diseñar políticas públicas orientadas a la plena participación política de los pueblos indígenas en los procesos democráticos.
87.    Acompañar todos los procesos de selección, designación o nominación de candidaturas en las circunscripciones especiales, y sistematizar información sobre estos mecanismos con un enfoque de cumplimiento de derechos humanos.

H) Libertad de expresión
Acceso a la información pública
88.    Tomar las medidas pertinentes para el cumplimiento efectivo de la ley que garantice el derecho de acceso a la información pública acorde a los principios y estándares de protección de los derechos humanos y libertad de expresión.
Difusión de encuestas y bocas de urna
89.    Que todo requisito que se imponga a la libre circulación de encuestas debe respetar los criterios de proporcionalidad y legalidad.
90.    Revisar el régimen de sanciones con un sentido de proporcionalidad en caso de incumplimiento.
91.    Aplicar la normativa vigente y realizar los procedimientos que culminen en resoluciones efectivas y oportunas apegadas al más estricto cumplimiento de los principios garantistas de igualdad, debido proceso, publicidad y transparencia.

 

El documento completo está disponible acá: http://www.oas.org/documents/spa/press/Recomendaciones-MOE-Bolivia-2019.pdf