“OBSERVACIÓN ES ATEMPORAL”
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Procurador General espera notificación de la Asamblea para cesar en el cargo

Procurador interino Alberto Morales Vargas en conferencia de prensa. Foto/Erbol

El Procurador General del Estado interino Alberto Morales afirmó la mañana de este miércoles que espera la notificación de objeción de la Asamblea Legislativa a su designación de hace 15 días, para dejar inmediatamente el cargo y que la presidenta Jeanine Añez pueda nombrar al sustituto.

La mayoría legislativa del MAS aprobó la objeción en sentido que Morales no cumple el requisito establecido en el parágrafo 10 del artículo 12 de la Ley 064, el cual establece que no puede ser Procurador un abogado que haya patrocinado procesos judiciales en contra del Estado durante los últimos cinco años.

Morales aclaró, sin embargo, que el argumento de la Asamblea es “irracional, baladí y atemporal”, porque la última actuación procesal que tuvo fue el 1 de septiembre de 2015 en una acción de amparo constitucional, y su nombramiento es del 17 de septiembre de 2020, por tanto, el supuesto impedimento legal está fuera de tiempo.

Explicó que la Constitución Política del Estado en su artículo 230, artículo 3 romano III, establece que el Legislativo puede observar por dos tercios de votos la designación del Procurador y esa “decisión la tomó ayer alterando su orden del día”.

Indicó que como hombre de derecho cumplirá con el cese inmediato de sus funciones una vez reciba la notificación respecto de la “arbitraria decisión” de la Asamblea, en tanto, eso no ocurra continuará en funciones.

La autoridad precisó que una acción de amparo no es un juicio contra el Estado, sino una acción de defensa del ciudadano por vulneración de un derecho o una garantía. El caso particular que patrocinó no pedía resarcimiento al Estado, sino que se notifique en domicilio real y procesal, y no en un tablero que no cumple efectividad.

No obstante, anunció que las acciones que deje en su despacho serán continuadas por los subprocuradores y no se paralizará la acción institucional.