Economía
Laudo obliga a Bolivia a pagar $us22.5 MM
ESM presenta recurso para anular fallo a favor de Jindal
Ministerio de Minería, César Navarro. Foto: Internet.

Martes, 23 Septiembre, 2014 - 12:52

El Ministro de Minería, Cesar Navarro, informó hoy que los abogados de la Empresa Siderúrgica del Mutún (ESM) presentaron la víspera un recurso de anulación al fallo de la Corte de Comercio Internacional (CCI) que obliga a Bolivia a pagar $us22.5 millones a la empresa Jindal Steel & Power por el cobro de dos boletas de garantía en 2010.

“La ESM no se ha visto satisfecha por el laudo emitido puesto que no se ajusta al derecho boliviano, por eso hemos presentado el recurso de anulación al laudo ayer 22 de septiembre a las 16.00 en Miami (EEUU), y el Tribunal ha aceptado el recurso planteado por la ESM y ha corrido traslado a la Jindal para su contestación en el plazo de 10 días”, informó Navarro.

En diciembre de 2011, firma india Jindal presentó una demanda ante la CCI en contra de la ESM por la supuesta ejecución ilegal de las boletas de garantía y por daño económico a la empresa por un valor de $us54.400.000.

Navarro aclaró que en este juicio la CCI emitió un laudo otorgándole a la Jindal sólo un 30% de lo demandado, referido a las boletas de garantía.

“La CCI no valora de manera positiva los elementos que plantea la Jindal porque la Corte considera que no ha habido inversiones y sólo da valor a las boletas de garantía”, apuntó.

Cuatro bases del recurso de anulación

El Ministro explicó que los abogados de la ESM argumentaron el recurso de nulidad en base a cuatro elementos sustantivos que permiten “respirar con mucha tranquilidad”. 

El primer elemento es que “se ha vulnerado el derecho a la defensa porque la Jindal a través del laudo pretende un interés mayor a lo pactado y nuestras normas establecen que no puede ser un interés superior al 3 por ciento, en cambio el laudo establece un interés al 6 por ciento”.

El segundo elemento es que el fallo de la CCI “es contrario al orden público nacional porque está vulnerando la Constitución Política del Estado, está vulnerando la Ley 1770 y está vulnerando el derecho comercial”.

El tercer elemento considerado es que “en los estados financieros de la Jindal no consigna el aporte no capitalizado de 127 millones de bolivianos que representa los 18 millones de dólares de las boletas de garantía”.

Y el cuarto elemento señala que “la Jindal no ha probado daño alguno sobre la puesta en inversión, es decir no ha probado la inversión y tampoco ha demostrado que ha habido afectación a su patrimonio”.

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