Indígenas
Plataforma potosina
Piden Ley de Aguas por abusos en explotación minera

Martes, 1 Abril, 2014 - 09:50

Un grupo de instituciones potosinas planteó al Gobierno se apruebe a la brevedad posible la Ley del Agua, con la finalidad de garantizar su uso racional y evitar que la explotación minera siga atentando contra el medio ambiente.

Más de 150 personas organizadas en la “Plataforma  interinstitucional de apoyo a la gestión y aprovechamiento integral de los recursos hídricos del departamento de Potosí”, y emitió el lunes un manifiesto en relación a los alcances de esta norma, según una nota de radio Aclo de Erbol.

Mientras cooperativistas mineros bloquean caminos para exigir que una nueva Ley Minera les permita firmar contratos con privados, un seminario realizado en Potosí expresó su preocupación por el tema agua, y en ese marco cuestionó varios artículos, entre ellos el 12 “que plantea que el estado promoverá e incentivará la explotación y aprovechamiento en glaciales”.

“Manifestamos que se priorice previamente la aprobación del proyecto de  Ley de Aguas antes que el Proyecto de ley de Minería, porque el agua es un recurso natural para la vida”, indica el documento.

Observaciones a Ley Minera

La plataforma cuestionó el artículo 99 relacionado a la concesión de recursos hídricos a los operadores mineros, así como el artículo 100, “porque se criminaliza el derecho a la defensa del territorio, el derecho a la protesta, bajo la amenaza del uso de la fuerza bruta”.

Los participantes expresaron su preocupación porque el artículo 103 “aplica sanciones de resarcimiento de daños y perjuicios a favor de los operadores mineros penalizando al derecho de protesta de los pueblos indígena originarios y otorgando derecho de seguridad y protección jurídica a los emprendimientos e inversiones mineras de actores productivos mineros en contra de los pueblos indígena originario”.

Afirman que el artículo 111 y 112 del proyecto de ley minera es “inconstitucional porque estipula la privatización de los recursos hídricos. Como también el parágrafo VII que otorga la potestad a una autoridad minera la variación del curso de las aguas, desconociendo el uso prioritario de agua para la vida estipulado en el artículo 374 de la constitución”.

Más recursos naturales

El rechazo también se dirigió al artículo 107 “que otorga al operador minero derechos de uso sobre recursos dentro del área de su concesión minera relacionados con los materiales de construcción, madera, leña, turba, y otros”.

“No permitiremos que la actividad minera tenga derecho de paso por nuestras propiedades agrarias solo para el beneficio de unos cuantos operadores” complementan haciendo alusión al artículo 108.

El seminario considera que el artículos 109 atenta la propiedad agraria porque “los operadores mineros constituirán derechos de superficie sobre las tierras agrícolas y rechazamos el planteamiento abusivo de expropiación del parágrafo II, III y IV de mencionado artículo.

Pueblos indígenas y áreas protegidas

Señalan que “el artículo 215, 218 y 219 atenta de manera inconstitucional el derecho a la libre determinación de los pueblos indígena originarios, puesto que no se reconoce el derecho a veto a actividades mineras que se quieran incrementar en nuestros territorios y  omiten la consulta previa, libre e informada que consagra la constitución política del estado en su artículo 352, reduciendo esta consulta a simples reuniones orientadas a implementar la explotación minera”.

Consideran que no es potestad del Ministerio de Minería dirimir las diferencias de intereses entre pobladores y operadores mineros tal como señala el artículo 222.

“Rechazamos por inconstitucional el artículo 227 por permitir a los actores productivos mineros por permitir actividades mineras en aéreas protegidas y forestales, no obstante que se indique que se elaborara el estudio de evaluación de impacto ambiental” complementa el documento final.

Los participantes de seminario consideran que “el gobierno apresura su aprobación porque hay intereses ocultos” razón por lo que piden mayor consenso en el país. 

PRONUNCIAMIENTO DE LA PLATAFORMA INTERINSTITUCIONAL DEL AGUA SOBRE LOS PROYECTOS DE LEY MINERA Y LA LEY DE AGUAS

Las organizaciones participantes del seminario taller proyecto de Ley de Aguas y Ley de Minería, convocado por la plataforma interinstitucional del agua,  se dirigen a la opinión pública, para manifestar  sus puntos de vista en relación a los proyectos de Ley de Minería y Ley de Aguas:

1ro. Existe un rechazo al Proyecto de Ley de minería porque es inconstitucional en varios artículos, relacionados con el capítulo IV de los derechos de las naciones y pueblo indígena originario campesinos, en el Cap. II de los Recursos Naturales, el Cap. IV de Minería y Metalurgia y particularmente porque contraviene el art. 352 de la CPE. 

2do. Toda Ley y toda norma debe ser consensuando previamente con todas las organizaciones vivas del Estado Plurinacional, porque no se puede aceptar imposiciones de actores mineros privilegiados por el Estado plurinacional en desmedro de las poblaciones indígena originarios, ignorando la  planificación participativa en el aprovechamiento y uso racional de los recursos naturales como lo consagra la CPE Plurinacional.

3ro. Manifestamos que se priorice previamente la aprobación del proyecto de  Ley de Aguas antes que el Proyecto de ley de minería, porque el agua es un recurso natural para la vida.

4to. Expresamos nuestra disconformidad respecto a la reducción de regalías mineras para las regiones productoras. Así mismo sugerimos se incrementen las regalías para encarar procesos de mitigación  y remediación ambiental para municipios afectados por la contaminación minera. 

5to. Se solicita a los representantes del departamento ante la Asamblea Legislativa Plurinacional pronuncien su rechazo del Proyecto Ley de Minería.

6to. Exigimos que la Asamblea Legislativa Departamental se pronuncie respecto a la Ley Minera.

7to. Nos declaramos en estado de emergencia hasta se logre consensuar un nuevo proyecto de Ley minera con la participación de las organizaciones sociales y se respete la prelación del derecho al agua para la vida y por ende al medio ambiente.

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