Política
Prevé acción de inconstitucionalidad
Asesora de la CEB: Artículo 157 del aborto es inaplicable
Susana Inch, asesora jurídica de la Conferencia. Foto/Erbol

Miércoles, 6 Diciembre, 2017 - 15:01

La asesora jurídica de la Conferencia Episcopal de Bolivia (CEB) Susana Inch, advirtió este miércoles que el artículo 157 del nuevo Código de Sistemas Penales sobre ampliación de causas para el aborto, es inaplicable porque colisiona con la aplicación preferente el Código Niña, Niño, Adolescente y el Pacto de San José de Costa Rica que reconocen el derecho a la vida desde la concepción.

Dijo que durante la sesión del Senado, algunos del oficialismo no fueron capaces de reconocer que lo que buscan es legalizar la práctica del aborto, sin el menor análisis de fondo y solo reconociendo a la mujer el derecho a decidir sobre su cuerpo.

“La aprobación fue por simple consigna política porque los mismos senadores reconocieron que no están de acuerdo”, declaró Inch.

Recordó que en la Cámara de Diputados ya reconocieron que no pueden legalizar el aborto porque hay candados legales como la Constitución que protege la vida y la sentencia constitucional sobre la reelección, que da un alto contenido a las convenciones o tratados internacionales.

Manifestó que si se reconocen las convenciones, no se puede desconocer el Pacto de San José de Costa Rica que protege a la vida desde la concepción, entonces “no hay forma que se pueda dar la figura aprobada por el Senado”.

Adicionalmente el Código Civil, el Código Niña, Niño, Adolescente, la Ley para personas con Discapacidad, son absolutamente claros sobre el derecho a la vida desde la concepción, por tanto,  “legalmente hablando lo que se aprobó es inaplicable e inconstitucional”.

La abogada afirmó que ni en la Cámara de Diputados ni en el Senado no quisieron reconocer el carácter inconstitucional del artículo 157, pero tendrá que alistarse para discutir en el marco de un recurso de acción de inconstitucionalidad.

“Si aún el Tribunal fuera incapaz de reconocer este factor de legalidad, habría que acudir a tribunales internacionales, pero en la práctica es inaplicable porque entra en contradicción directa con otra norma específica como es Código Niña, Niño y Adolescente que reconoce la aplicación preferente del derecho a la vida del concebido”, declaró.

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