Evo aprueba D.S. presidencial de Indulto y Amnistía

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Retardación de justicia
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El presidente Evo Morales aprobó hoy un Decreto Supremo presidencial de Indulto y Amnistía para beneficiar a los privados de libertad, en los centros penitenciarios del país, que son víctimas de la retardación de justicia. 

“He decidió, acudiendo a las atribuciones constitucionales que tengo como Presidente, pero también por razones de carácter humanitario, conceder indulto y amnistía a personas privadas de libertad que hubieran cometido delitos menores y por retardación de justicia”, señaló el Jefe de Estado en Palacio de Gobierno.

El D.S. será enviado a la Asamblea Legislativa Plurinacional para que sea ratificado y entre en vigencia. “Yo he tenido mucha confianza en la justicia boliviana, pero esos son los resultados de la justicia boliviana, la justicia en vez de hacer justicia trae problemas”, reprochó el Primer Mandatario.

La decisión de Morales obedece a la reunión nacional “Por una reestructuración Integral del Régimen Penitenciario”, realizada la pasada semana en la ciudad de Santa Cruz.

¿Quiénes se benefician?

El indulto, referido al perdón de la pena, beneficiará a personas que tengan sentencias igual o menor a ocho años involucrados en la comisión de delitos menores, así como a los adultos mayores y adolescentes imputados con hasta 25 años de cárcel, personas con enfermedad grave o incurable con periodo terminal, personas con discapacidad grave o muy grave y a padres de familia que tengan a su cargo a hijos menores a 12 años en los centros penitenciarios. El indulto tendrá una duración de un año.

De la amnistía, que consiste en el olvido de la pena, se beneficiarán las personas procesadas y detenidas preventivamente cuya causa haya tenido una duración igual o menor a cuatro años.

Quedan excluidas de los beneficios personas condenadas o procesadas por delitos de asesinato, violación a niño, niña o adolescentes, traición a la patria, espionaje, parricidio, secuestro, trata y tráfico de personas, terrorismo, separatismo y extorsión. 

De igual manera, las personas condenadas o procesadas por delito de corrupción público y narcotráfico. También quedan excluidas las personas reincidentes.

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