Concejo aprueba Ley de Transporte en El Alto

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El Concejo Municipal de El Alto aprobó hoy en su estación en detalle el proyecto de Ley Municipal de Transporte y Movilidad Urbana que norma, regula, controla y sanciona el servicio de transporte tránsito urbano.

El presidente del Concejo Municipal de El Alto, Zacarías Maquera, informó que la iniciativa fue trabajada bajo criterios de calidad, equidad, seguridad, consenso, economía y en el marco del ejercicio de las competencias exclusivas de la entidad territorial local.

“En la sesión 34/13 se analizó y debatió en el pleno del Concejo la Ley de Transporte y Movilidad Urbana aprobada el viernes en su estación en grande y este lunes se aprobó en su estación en detalle, ahora se tiene que elaborar la reglamentación de dicha ley”, expresó.

La sesión del Concejo comenzó a las 5.00 y concluyó a las 8.30 con la participación de los dirigentes de la Fejuve El Alto y de la Federación Andina de Choferes de la urbe alteña.

El proyecto de Ley de Transporte y Movilidad consta de cinco capítulos, divididos en 117 artículos y siete artículos transitorios, además de dos disposiciones adicionales, una disposición abrogatoria y derogatoria, asimismo una disposición definitiva que establece que en 180 días se debe elaborar la reglamentación de dicha Ley Municipal.       

Mediante esta norma legal se crea la Autoridad Municipal de Movilidad Urbana y Transporte (AMMUT), instancia del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto (GAMEA), que tiene dentro de sus atribuciones planificar y regular los servicios públicos y privados de transporte urbano de pasajeros y carga, de acuerdo a las necesidades de la población.

El artículo 108 establece que no se realizarán los dobles cobros por infracciones ya que se coordinará con la policía y la AMMUT para que se pague la sanción de los conductores de vehículos.

En el artículo 112 se afirma que aquellos conductores que hayan incumplido con las normas de tránsito deberán pagar de forma de servicio comunitaria como trabajos de apoyo a la educación vial y de seguridad de un lapso de 20 horas de trabajo que no afecte su actividad laboral.

También se implementará en la currícula escolar la materia de educación vial, así como la difusión en diferentes medios de comunicación de la presente ley de Transporte.

En el artículo 5 se señala que el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto garantizará, fomentará y consolidará los mecanismos de participación y el control social en cumplimiento de la Ley y sus disposiciones.

Las organizaciones cívico - sociales, vecinales y la sociedad civil organizada participarán en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos públicos municipales de transporte.  

La autoridad municipal competente generará mecanismos y espacios de participación y control social para el servicio público de transporte urbano de pasajeros según reglamentación municipal específica que establezca el alcance y resultados respecto al control social. La representación del control social será parte integrante del Comité Multidisciplinario de Movilidad y Transporte Urbano.

La Fejuve y demás actores sociales constituyen y desarrollaran mecanismos de participación y control social en el tema de transporte público en la jurisdicción Municipal de El Alto.

 

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