Seguridad
A horas de la llegada del Papa
Aprueban la amnistía e indulto que excluye a los acusados por terrorismo
Sesión de la Asamblea Legislativa realizada. Foto: ERBOL.


Martes, 7 Julio, 2015 - 15:47

Luego de un debate de más de cuatro horas, la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó el Decreto de “amnistía, indulto parcial y ampliación del indulto”, que no beneficia a los supuestos perseguidos políticos.

La nueva norma amplía el indulto total para presos con condena e incorpora a la legislación las figuras de la amnistía y el indulto parcial, sin embargo, excluye del beneficio a los acusados por terrorismo y otros delitos graves. 

Los opositores intentaron que la norma incluya una amnistía para los denominados perseguidos políticos, pero el oficialismo se opuso y aplicó sus dos tercios para la aprobación de la iniciativa que se decretó a sólo horas de la llegada del Papa Francisco a Bolivia.

La amnistía beneficia a personas con detención preventiva cuya permanencia en cárceles haya excedido el mínimo legal de la pena prevista por su supuesto delito, hasta el 31 de diciembre de 2015.

También favorece a personas procesadas por delitos cuya pena más grave sea menor o igual a cinco años.

Asimismo, beneficia a mujeres embarazadas de 24 semanas o más, cumplidas hasta dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de esta norma, además de personas con discapacidad grave o muy grave, y a quienes sufran alguna enfermedad terminal, según nota de prensa de la Vicepresidencia.

El indulto parcial beneficia a reos  que tengan sentencia hasta el 30 de junio de 2016 y tengan los beneficios de extramuro, detención domiciliaria o libertad condicional.

En este sentido se prevé la reducción de una cuarta parte de la pena a personas menores de 28 años y  mayores de 58 años de edad. Además se beneficiará con la reducción de dos años de la pena a los reos, no reincidentes, cuya sanción sea igual o mayor a seis años y no tengan faltas graves en el último año.

El indulto total que estaba vigente alcanzaba sólo a presos que logren su sentencia hasta noviembre de este año, sin embargo, con la nueva ampliación, los reos que tengan su condena hasta el 30 junio de 2016 podrán acogerse al beneficio. 

Entre los beneficiados están: menores de 28 años, varones mayores de 58 y mujeres mayores de 55, embarazadas, y personas que cuidan a hijos menores de 12 años. 

En todos estos casos es necesario cumplir al menos un cuarto de la sentencia. Asimismo, la concesión incluye a personas con discapacidad, enfermedad terminal y presos no reincidentes con penas menores a 8 años. 

Además, serán beneficiados reos con penas no mayores a 10 años y condenados por narcotráfico cuya pena no sea mayor a la mínima, en estos dos últimos casos es necesario cumplir un cuarto de la sentencia.

La amnistía excluye a condenados por delitos como asesinato, genocidio, terrorismo, parricidio, secuestro, robo agravado y corrupción.