AUDIENCIA CAUTELAR
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Juez dicta arraigo y presentación semanal contra el alcalde de Guanay por conducta antieconómica

Audiencia cautelar: alcalde Víctor Ticona y su abogado (izq). Foto/captura

El juez Primero de Instrucción Penal Anticorrupción y Violencia Contra la Mujer de la ciudad de La Paz, Román Castro, dictó este lunes arraigo nacional, presentación semanal ante autoridades judiciales y una fianza de Bs 20.000 contra el alcalde de Guanay, Víctor Ticona Yujra, imputado por la Fiscalía por el presunto delito de conducta antieconómica durante su gestión municipal.

Tras varias postergaciones, la audiencia cautelar solicitada por el Ministerio Público finalmente se instaló este lunes. Durante la misma, el juez se apartó del pedido fiscal de detención preventiva por cuatro meses, acogiéndose al principio de duda razonable mientras se amplían las investigaciones.

Según la imputación, Ticona autorizó pagos bajo la figura de “fondos de avance” por diferentes montos que en total oscilan entre 1.000.000 y 1.200.000 bolivianos, contraviniendo la normativa que establece el uso obligatorio del Sistema de Gestión Pública (SIGEP). Además, el Banco Unión informó que varios cheques emitidos por el municipio a favor de particulares y funcionarios fueron cobrados directamente por los beneficiarios, incluso cuando estos ya figuraban como anulados en los registros oficiales, lo que evidenciaría irregularidades en el manejo de fondos.

A pesar de estos indicios, el juez consideró que no existen elementos suficientes para dictar la detención preventiva. En su resolución, determinó que el alcalde debe presentarse todos los viernes, entre las 9:00 y 10:00, ante el Ministerio Público o el juzgado más cercano a su domicilio, además de presentar una garantía respaldada por Derechos Reales y pagar una fianza de Bs 20.000, que será ejecutada en caso de fuga.

La resolución también prohíbe terminantemente al alcalde contactar a personas investigadas por el mismo caso, salvo por estricta necesidad profesional o institucional. El incumplimiento de cualquiera de las medidas podría derivar en la revocatoria de los beneficios y la aplicación de detención preventiva, conforme al artículo 250 del Código de Procedimiento Penal.

El Ministerio Público, el Ministerio de Transparencia o la concejal denunciante, Griselda Villanueva, tienen la posibilidad de apelar la decisión ante una Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, donde puede ser revocada tomando en cuenta que – según la fiscalía - el alcalde tiene una “actividad delictiva reiterada” y enfrenta varios procesos por presunta corrupción.