DECISIÓN DEL TCP
Título: 

Magistrados deciden prorrogarse en el cargo hasta que se elijan nuevas autoridades judiciales

La Sala Plenad el TCP.

A pesar de que su mandato debería fenecer el 2 de enero, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) decidió que los actuales magistrados se mantengan en el cargo hasta que sus reemplazantes sean elegidos mediante elecciones judiciales.

El caso debatió en torno a una Consulta de Constitucionalidad que presentó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), contra el proyecto de ley de preselección que se aprobó en el Senado.

Según informó el TCP, se declaró inconstitucional varios artículos de la ley aprobada en el Senado y, en relación a eso, se emitió una Declaración Constitucional para definir la prórroga de mandato.

“La declaración constitucional que les he mencionado dispone la continuidad o prórroga de mandato de las actuales autoridades tanto del Órgano Judicial como del Tribunal Constitucional Plurinacional, entre tanto no sean elegidas y posicionadas las nuevas autoridades judiciales producto de la preselección, que es atribución de la Asamblea Legislativa Plurinacional, y producto de la elección que tiene que organizar y ejecutar el Órgano Electoral Plurinacional”, explicó el magistrado Yván Espada.

La oposición y el “evismo” ya habían anticipado su rechazo a la autoprórroga de los magistrados, porque consideran que actuaron en connivencia con el Gobierno, para quedarse en el cargo y dilatar la realización de las elecciones judiciales.    

Con esta decisión del TSE, se mantendrán en el cargo los magistrados del TCP, TSJ, Tribunal Agroambiental y los consejeros del Consejo de la Magistratura, hasta se realicen elecciones judiciales.

Los actuales magistrados fueron elegidos en 2017 y ejercen desde enero de 2018. De acuerdo con la Constitución, el mandato es de seis años.

El TCP rechazó alternativas como la planteada por la ley del Senado, para que los funcionarios se hagan cargo de las labores de los altos tribunales ante el cese en el cargo de los magistrados.

“Es decir, los funcionarios subalternos no tienen atribución. Quienes están revestidos de las atribuciones y prerrogativas para desarrollar estas funciones son las actuales autoridades tanto del Órgano Judicial como del Tribunal Constitucional Plurinacional”, señaló Espada.  

Argumentaron también que “no se pueden suspender los plazos procesales de todos los expedientes que están en trámite en estos máximos tribunales de Justicia”.