Descifrando el plan de YLB para la extracción directa de litio

Por José Carlos Solón

En una anterior nota vimos que el convenio del litio con el consorcio chino CBC es un acuerdo de seis meses para realizar un estudio de diseño de ingeniería final, para los complejos industriales de Extracción Directa de Litio (EDL). Ahora, con base en esa misma presentación de socialización de Yacimientos de Litio Bolivianos(YLB)realizada el pasado 29 de marzo en la ciudad de Uyuni, veremos cuáles serán los próximos pasos que prevé el gobierno luego de la conclusión de dichos estudios.

En las diapositivas se pueden apreciar tres etapas con un cronograma muy preciso:

  • Primera etapa: La empresa realiza la construcción de un complejo industrial
  • Segunda etapa: Contrato de operación y mantenimiento
  • Tercera etapa: Contrato de venta

Según la presentación, la primera etapa comenzó el 20 de enero con la firma del convenio con el consorcio chino CBC. El siguiente paso de esta etapa se dio el 30 de enero con el“ inicio del proceso de ingeniería, de solicitud de permisos ambientales, relevamientos, etc. ”Al cabo de seis meses los estudios de ingeniera final deben estar concluidos y, “tras informe de YLB, justificado técnica, económica, financiera y legalmente, se contemplará la posibilidad de un Contrato de Alianza Estratégica” con el consorcio chino CBC, e iniciar “el proceso de construcción del complejo industrial”. Para junio de 2024, la presentación establece que habrá una “puesta en marcha temprana al 50% de capacidad, para el cumplimiento del PDES (Plan de Desarrollo Económico Social 2021-2025) y generación de recursos para el Estado”.

La segunda etapa, que tiene el título de “Contrato de operación y mantenimiento” lleva la fecha de septiembre de 2025. No se aclara cuál será el tiempo de duración del contrato para la misma, ni se dice explícitamente si el consorcio CBC será el encargado de la “operación y mantenimiento”.

La tercera etapa denominada “Contrato de venta” empezará “en 2025 en adelante” y sólo se menciona que será entre “YLB y oferante” (claro error dedo). La diapositiva presentada tampoco dice explícitamente que dicho contrato de venta será con o a través del consorcio chino CBC.

De estas diapositivas de YLB podemos concluir que habrá como mínimo cuatro contratos o convenios: el primero para el diseño de ingeniería final que ya ha sido firmado por YLB con el consorcio CBC; el segundo contrato será para la construcción del complejo industrial de EDL, que podría ser entregado al consorcio chino CBC según el “informe técnico” del convenio de diseño final de ingeniería; el tercer contrato sería de operación y mantenimiento y –es de suponer– que lo más probable es que sea firmado con quien construya el complejo industrial de EDL; y el cuarto contrato de venta sería firmado entre YLB y un “ofer(t)ante”, dejando en la nebulosa si se refiere a un contrato con un comercializador del litio boliviano o a contratos con compradores de nuestro litio.

En síntesis, esta presentación de YLB estaría mostrando un camino totalmente distinto al que se siguió con la empresa alemana ACISA, con quien se constituyó una empresa mixta que tenía control sobre todas las cuatro fases de diseño, construcción, operación y venta.  Según esta presentación, YLB habría cambiado de estrategia y estaría avanzando por fases con contratos específicos para cada etapa, y sin explícitamente decir de antemano que todos esos contratos serán suscritos con el consorcio chino CBC.

Pero, además, la diferencia entre la fallida relación con la empresa alemana ACISA y los contratos para la Extracción Directa de Litio podría ser aún mucho más grande, ya que deja abierta la posibilidad de que no se trate de un contrato de asociación para la conformación de una empresa mixta entre YLB y CBC, sino de sucesivos contratos de servicios como ocurre en general en el sector de hidrocarburos.

Los contratos de servicios, como su nombre lo indica, son contratos que uno realiza con una empresa para que esta provea un servicio como ser el diseño, la construcción, la operación o la comercialización. Un contrato de servicio no significa la constitución de una nueva empresa. En términos simples, uno puede contratar una empresa constructora para que construya un hotel. Entregada la obra y pagada la suma acordada termina el contrato de servicio para la construcción. En cambio, muy distinto es hacer una asociación entre el propietario de un terreno y una empresa constructora para constituir una empresa que construya, administre y se reparta las utilidades que genere dicho hotel. La relación entre YLB y ACISA fue de este segundo tipo, en cambio ahora –según estas diapositivas–parecería que se está avanzando hacia un modelo de contratos de servicios con empresas extranjeras.

En resumen, para la implementación de la Extracción Directa de Litio no se crearía una empresa mixta, sino se avanzaría hacia la consolidación de contratos por servicios con socios extranjeros como ocurre en YPFB. Esto implicaría que no sería necesaria la modificación de la Ley 928 que establece que YLB solo puede asociarse para el desarrollo de actividades semi-industriales, industriales y de procesamiento de residuos. YLB continuaría administrando la industrialización y recurriría a los servicios de empresas extranjeras para el diseño, la construcción, operación y comercialización del litio.

Por su parte, esta presentación de YLB intenta pero no logra alinearse con el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES 2021-2025), que plantea que en 2025 se obtendrán ingresos anuales por 3.134 millones de dólares por venta de carbonato de litio. Si los contratos de venta se dan en septiembre de 2025, es altamente improbable que se pueda alcanzar una suma tan considerable por ventas en menos de cuatro meses.

Así mismo, con la “solicitud de los permisos ambientales ”se estaría iniciando la realización de los estudios de evaluación de impacto ambiental que debería comprender como mínimo una consulta pública a las comunidades. ¿Cuáles son los términos de referencia de dicho estudio de impacto ambiental y de esa consulta pública? ¿Por qué no se realiza una consulta para el consentimiento previo, libre e informado a las comunidades indígenas como corresponde según el convenio 169 de la OIT, que es norma supranacional del Estado Plurinacional de Bolivia? 

Es importante recalcar que la diapositiva aclara específicamente que se trata de UN complejo industrial. Sin embargo, cuando se firmó el convenio con CBC se habló de dos instalaciones para EDL. ¿Hablan de sólo un complejo industrial porque se están dirigiendo aun público en el departamento de Potosí? ¿El consorcio CBC está realizando también el estudio a diseño final para el complejo industrial de EDL de Coipasa, Oruro? ¿Hasta junio tendremos dos estudios a diseño final o sólo uno? Es un detalle, pero es importante la claridad puesto que la construcción de un complejo implica 25.000 toneladas métricas al año y construir los dos representa duplicar dicha cantidad.

Por otro lado, resulta importante ver que BRUNP, una de las empresas parte del consorcio CBC, durante el mes de abril ha publicado en su LinkedIn anuncios de búsqueda de personal para Coipasa, Uyuni y La Paz. Es de suponer que el consorcio chino está consolidándose en territorio nacional con miras a ser parte de todos los contratos que anuncia YLB. ¿Será que la empresa a cargo de cada contrato aún no ha sido decidida como anuncia la presentación de YLB, o se trata de una formalidad y ya existe un acuerdo para que CBC sea la contraparte en todos los posteriores contratos?

Pero lo más importante de preguntarse es ¿por qué YLB no da a conocer información mucho más acabada sobre su plan? ¿Por qué tenemos que ir descubriendo a cuenta gotas cuáles son sus planes y haciendo inferencias ante una información que no da realmente claridad y seguridad acerca del proyecto de industrialización del litio en Bolivia?