ESTE DOMINGO
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Está en vigencia el régimen de sanciones y prohibiciones para jurados y electores

Imagen ilustrativa tomada de internet

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que este domingo, día de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, regirán diversas prohibiciones y sanciones en todo el territorio nacional, con el fin de garantizar el normal desarrollo de la jornada democrática.

Las disposiciones están contenidas en la Resolución 422/2025, emitida el 18 de septiembre, y serán de cumplimiento obligatorio para la ciudadanía.

Desde las 00:00 horas del viernes 17 de octubre hasta las 12:00 del lunes 20 de octubre, queda prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, restaurantes, hoteles y otros establecimientos públicos o privados.

Asimismo, desde las 00:00 hasta las 24:00 del domingo 19 de octubre, se prohíbe portar armas de fuego, objetos punzocortantes o instrumentos peligrosos, con excepción del personal de las Fuerzas Armadas y la Policía, encargado de resguardar el orden público.

El TSE también prohíbe la realización de actos, reuniones o espectáculos públicos y el traslado de electores entre recintos electorales por cualquier medio de transporte.

La circulación vehicular —ya sea de autos particulares, oficiales o de servicio público— estará suspendida durante toda la jornada electoral, salvo para los vehículos autorizados por el Tribunal Electoral, la Policía o las Fuerzas Armadas en cumplimiento de funciones de seguridad. Los conductores que incumplan esta restricción serán detenidos por la Policía hasta las 00:00 del lunes 20 de octubre, y sus vehículos retenidos hasta el pago de la multa correspondiente.

De igual manera, se suspenderán los servicios de transporte público terrestre, aéreo, ferroviario y lacustre, además del servicio de Mi Teleférico. También se suspenden los vuelos nacionales y los viajes interdepartamentales e interprovinciales, con excepción de los realizados por personal del Órgano Electoral y las Fuerzas de Seguridad en el cumplimiento de sus deberes institucionales.

SANCIONES

El TSE advirtió que los ciudadanos que no cumplan con su deber de votar serán sancionados conforme a la Resolución TSE-RSP-ADM N° 0428/2024, quienes no asistan a sufragar deberán pagar una multa equivalente al 20% del salario mínimo nacional, además de enfrentar restricciones temporales para realizar trámites bancarios, obtener pasaporte o acceder a cargos públicos durante 90 días.

Los electores deberán presentar su certificado de sufragio en las entidades financieras dentro de los 90 días posteriores a la jornada electoral; de no hacerlo, también serán sancionados. Están exentos de esta obligación los mayores de 70 años, las personas que acrediten haber estado fuera del país y quienes demuestren caso fortuito o fuerza mayor.

El reglamento también prevé sanciones para los jurados electorales que incumplan sus funciones. Quienes no se presenten o abandonen sus mesas sin justificación serán multados con el 50% del salario mínimo nacional (Bs 1.375). Los que no participen en las juntas previas deberán pagar el 5% del salario mínimo, y quienes se ausenten temporalmente sin autorización, el 30%.

Además, los jurados que no informen de inmediato a los notarios electorales sobre irregularidades, así como los notarios, servidores públicos y ciudadanos que incumplan sus deberes, serán pasibles a sanciones económicas. El TSE remarcó que estas medidas buscan asegurar el cumplimiento de las normas y la transparencia del proceso electoral en esta segunda vuelta presidencial.