CASO SENKATA
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Juez Amaru rechaza recusación por ‘afinidad política’, observa falta de pruebas y considera a las noticias como ofensas

Una de las fotografías que Añez adjuntó a su recusación. El juez Amaru es de la derecha.

En el marco del caso Senkata, el juez primero de instrucción penal de El Alto, Marco Amaru, decidió rechazar la recusación que había presentado Jeanine Añez en su contra por afinidad política con el MAS. 

El argumento de la autoridad judicial consiste en que no había suficiente prueba y que las notas de prensa que lo involucran con el partido azul son “meras ofensas o ataques”.

Para comprobar la afinidad política de Amaru, Añez adjuntó a su recusación dos notas de prensa: una sobre el reconocimiento que recibió el juez de parte de un diputado del MAS y, la segunda, sobre las declaraciones del diputado Renán

Cabezas quien indicó que Amaru le había llamado para interceder por su colega acusado de corrupción, refiriéndose como “hermano revolucionario. 

Asimismo, la recusación adjuntaba fotografías de Amaru en aparente campaña electoral con el MAS, junto a Evo Morales, Luis Arce y Wilfredo Chávez.

En su resolución, el juez Amaru reconoció que la recusación adjuntaba fotostáticas suyas, pero señaló que “se desconoce su origen y no son verificables a la actualidad”. Acotó que, de acuerdo con la Ley 025, todo juez o jueza está prohibido de tener militancia alguna.

Desacredita a las noticias

También el juez hizo referencia a noticias publicadas en ERBOL, que Añez adjuntó respecto a las declaraciones del diputado Cabezas sobre la llamada que recibió del juez y el reconocimiento que obtuvo de parte de un legislador del MAS por sus “luchas sociales” de 2003 y 2019.

En criterio del juez Amaru, esas noticias no son causales de recusación porque con ellas  “se ataca u ofende al suscrito operador de justicia por un medio de comunicación ante supuestos hechos los cuales son ajenos a la presente causa que se constituyen en actos sensacionalistas y tendencias en el mundo del periodismo”.

“Las noticias de medios de comunicación adjuntas entre otras se constituyen en meras ofensas o ataques que no sólo se han dado en este momento, sino en diferentes momentos en que el suscrito operador de justicia viene desarrollando y dando continuidad al denominado Caso Senkata”, agregó.

En su auto resolutivo, el juez Amaru sostuvo que ha demostrado su probidad y apego a la Ley en todo momento.

“En tal sentido consideramos que la conducta que está asumiendo la parte imputada y sus causídicos son manifiestamente improcedentes y se han presentado con carencia de carga probatoria”, afirma su texto.

En ese marco, decidió rechaza “in límine” la  recusación planteada por Jeanine Añez.